¿Te preocupan las inspecciones en instalaciones fotovoltaicas? ¿Sabes qué tipo de inspecciones debes solicitar y cada cuánto tiempo?
Vamos a intentar enumerar aquellas revisiones o inspecciones iniciales que puede sufrir tu instalación o alguna de las instalaciones complementarias.
- Huecos de tensión.
Se debe garantizar que ante huecos de tensión en la red, la instalación solar no se desconecte de la misma y garantizar el suministro eléctrico.
La normativa de referencia será el Real Decreto 661/2007 según lo indicado en su Anexo III.
Las instalaciones afectadas serán aquellas de potencia superior a 2 MW o parques fotovoltaicos que no llegando a esta cifra estén conectados a un punto de la red de transporte o distribución en la que la suma de las instalaciones solares fotovoltaicas conectadas sea superior a 2 MW.
- Líneas aéreas y subterráneas de alta tensión.
Todas la líneas aéreas y subterráneas de tensión superior a 1 KV deben ser inspeccionadas por OCA cada tres años.
- Subestaciones y centros de transformación.
Las subestaciones y centros de transformación están sometidas a revisiones reglamentarias por OCA. Estas instalaciones y revisiones se rigen por el Real Decreto 3275/1982 y sus instrucciones técnicas complementarias.
Las instalaciones deben ser inspeccionadas cada tres años.
- Instalaciones eléctricas en baja tensión.
La parte de baja tensión de la instalación solar fotovoltaica, instalación intemperie, debe ser inspeccionada inicialmente y cada cinco años, midiendo los siguientes parámetros:
– Resistencia de puesta a tierra
– Aislamiento
– Tiempo de disparo de diferenciales
– Intensidad de disparo de diferenciales
- Inspección de tarado de relés
Para dar cumplimiento a las condiciones de las compañías eléctricas sobre las protecciones en instalaciones solares fotovoltaicas, es necesario realizar una comprobación.
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